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Qué puede hacer el Consulado

  • Orientarlo en materia de asistencia jurídica y notarial.
  • Asistir a personas accidentadas o con problemas graves de salud. En ningún caso esta asistencia implica desembolso económico por parte del Cónsul o de la Cancillería Argentina.
  • Informar a parientes o personas allegadas sobre accidentes o fallecimientos y catástrofes.
  • Interesarse por los connacionales detenidos.
  • Asegurar la legítima defensa en juicio de los ciudadanos argentinos, interiorizándose por su situación procesal, su estado de salud y procurar el mantenimiento de condiciones dignas de higiene y habitación, en el caso de los detenidos.
  • Atender los intereses de los connacionales en cuestiones de sucesión por causa de muerte.
  • Velar por los intereses de niños, niñas y adolescentes argentinos en situaciones de vulnerabilidad en el exterior.
  • A solicitud de autoridades judiciales o familiares directos, para fines exclusivamente humanitarios, procurar el paradero de personas a través de las autoridades locales.
  • Otorgar pasaportes, realizar actuaciones notariales y legalizar documentación.
  • Expedir venias de viaje a menores con el consentimiento de los titulares de la responsabilidad parental.
  • Realizar opción de nacionalidad de hijos de argentinos nativos nacidos en el exterior.
  • Tramitar documentación de identidad argentina (actualizaciones, duplicados DNI, cambios de domicilio, etcétera).
  • Permitir la utilización de la dirección postal de la oficina consular para la recepción de correspondencia privada.

 

 

Fecha de actualización: 24/06/2024