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06 - DNI: primera actualización

La ley argentina establece la obligatoriedad de renovar por primera vez el DNI cuando su titular tiene entre 5 y 8 años de edad. Este trámite puede hacerse en el Consulado de modo presencial.

El interesado debe contar con:

  • Original del DNI del menor (si lo tiene en su poder).
  • Original impreso de partida de nacimiento del menor (no se aceptan certificados sino partidas).
  • Originales de DNI vigentes de los progenitores o tutores legales que acompañan al menor (deben coincidir con el que figura en la partida de nacimiento del menor). Si el progenitor es extranjero, presentará pasaporte vigente y (de corresponder) documentación que coincida con la que figura en la partida de nacimiento del menor. Si se trata de un tutor, presentará la constancia judicial que lo acredita como tal.
  • Un comprobante de domicilio actual (puede ser una boleta de servicios a su nombre), en caso de que su DNI no tenga domicilio en la jurisdicción del Consulado y no se encuentre registrado en el Libro de Registro de Matrícula de Residentes Argentinos del Consulado.
  • USD 15

Cómo iniciar el trámite

Cuando cuente con toda la documentación informada arriba, envíe el escaneo de la misma por email a consul_cgest@mrecic.gov.ar y solicite un turno.
El día asignado, el menor y sus padres o tutores se presentarán en el Consulado y se realizará la  toma de datos biométricos. El RENAPER generará un DNI a partir de ellos.

Tiempo de entrega: entre 60 y 90 días.

El DNI puede ser retirado por los padres.

Observaciones

Esta primera actualización debe completarse desde el día en que el menor cumple 5 años y hasta un día antes de cumplir los 9 años. Si la actualización se efectúa fuera de ese plazo, se deberá abonar la multa correspondiente (USD 15).

 

 

Fecha de actualización: 27/06/2024