Si un menor de 18 años viaja EN COMPAÑÍA DE AMBOS PADRES NO SE NECESITA una autorización expresa sino simplemente acreditar el vínculo. Al momento del egreso del territorio argentino deberá presentarse:
- Pasaporte del menor.
- Partida de nacimiento o libreta de matrimonio (en original) donde se halle inscripto el nacimiento, a efectos de acreditar la filiación.
- Si uno de los padres ha fallecido, dicha circunstancia debe acreditarse con la respectiva partida de defunción.
- Si el documento es extranjero, debe estar legalizado o apostillado.
La responsabilidad parental en la República Argentina es compartida. La mayoría de edad se alcanza a los 18 (dieciocho) años, salvo que el menor se emancipe antes o haya adquirido la mayoría de edad en territorio extranjero.
Si un argentino menor de 18 años viaja con uno solo de sus progenitores así como también si viaja solo, atento a que la responsabilidad parental sobre los menores es compartida entre ambos progenitores, SIEMPRE se requerirá una autorización, aún en caso de separación de los cónyuges, salvo autorización judicial expresa.
Los casos de responsabilidad parental exclusiva por uno solo de los padres deben acreditarse mediante la respectiva sentencia judicial.
Venia supletoria de Juez: cuando un progenitor se oponga al viaje, la autorización podrá otorgarse con una autorización judicial al efecto.
Se recomienda incluir en la autorización o venia, la expresa autorización para “gestionar documentación de viaje, incluyendo pasaporte”, a efectos de evitar demoras e inconvenientes ante posibles extravíos o robos. El Registro Nacional de las Personas no extenderá pasaportes a menores si no tiene a la vista la autorización original.
No necesitan autorización para salir del territorio argentino los extranjeros y argentinos menores de 18 años que acrediten domiciliarse fuera de la Argentina y que hayan ingresado al país como residentes transitorios (turismo). Para los menores argentinos la residencia en el exterior se acredita (únicamente) mediante cambio de domicilio efectuado en su DNI (en su defecto, la autoridad migratoria argentina les exigirá la venia de acuerdo con lo indicado antes).
En la Argentina las autorizaciones de viaje se otorgan ante un escribano público, con legalización del Colegio de Escribanos, o ante un Juez.
El Consulado puede tramitar venias o permisos de viaje, firmados por los progenitores o tutores de un menor para que este pueda entrar y salir de la Argentina cuando no viaje acompañado por ambos progenitores o tutores.
El trámite es presencial. La venia de viaje también puede ser realizada ante un notario público: en este caso, recuerde que ante autoridades migratorias argentinas la venia deberá presentarse traducida al español y con “Apostilla de La Haya” y deberá hacer referencia a la documentación argentina en caso de doble nacionalidad.
Para tramitar la venia de viaje en el Consulado, el interesado debe contar con:
- DNI del menor, o pasaporte vigente en caso de no tener DNI.
- Partida de nacimiento del menor, emitida en los últimos 6 (seis) meses.
- DNI de quien otorga la venia, o pasaporte vigente si se trata de otorgantes no argentinos.
- En caso de que la venia sea para viajar en compañía de una tercera persona, DNI o pasaporte (original o fotocopia) y domicilio de la persona que acompañará al menor en el viaje o que lo recibirá en el lugar de destino. No es necesario que esta persona se presente en el Consulado.
- Si uno de los progenitores o tutores hubiera fallecido, original de su partida de defunción (apostillada, si no es argentina).
- Si el menor de 14 años viaja solo, los datos de la persona mayor de edad que lo recibirá en destino (apellido y nombre, tipo y número de documento, y domicilio real).
- Si la responsabilidad parental es exclusiva de quien otorga la venia, sentencia judicial (en original y, si no es argentina, apostillada) que lo acredite.
- Prueba de domicilio en la jurisdicción de este Consulado General del otorgante, a menos que se encuentre en tránsito.
- Costo: USD 50
Cómo iniciar el trámite
Envíe un email a consul_cgest@cancilleria.gob.ar solicitando un turno para la tramitación de la venia, y adjunte el formulario de venia completado, y fotos o escaneados de los demás documentos. El día del turno otorgado, la o las personas autorizantes deben concurrir personalmente al Consulado, con la documentación arriba señalada.
Observaciones
Las venias de viaje emitidas por este Consulado serán presentadas ante las autoridades migratorias argentinas para ingreso a / egreso de la República.
Para viajes internacionales que involucren a terceros países, consulte con el Consulado de dichos países.