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07 - DNI: segunda actualización

La ley argentina obliga a renovar por segunda vez el DNI cuando su titular tiene 14 años de edad. Este trámite debe hacerse en el Consulado de modo presencial.

El interesado debe contar con:

  • Original de su DNI.
  • Original de su partida de nacimiento (no se aceptan certificados sino partidas).
  • Originales de DNI vigentes de los progenitores o tutores legales que acompañan al menor (deben coincidir con el que figura en la partida de nacimiento del menor). Si el progenitor es extranjero, presentará pasaporte vigente y (de corresponder) documentación que coincida con la que figura en la partida de nacimiento del menor. Si se trata de un tutor, presentará la constancia judicial que lo acredita como tal.
  • Un comprobante de domicilio actual (puede ser una boleta de servicios a su nombre), en caso de que su DNI no tenga domicilio en la jurisdicción del Consulado y no se encuentre registrado en el Libro de Registro de Matrícula de Residentes Argentinos del Consulado.
  • El costo es de USD 15.

Cómo iniciar el trámite

Cuando cuente con toda la documentación informada arriba, envíe el escaneo de la misma por email a consul_cgest@mrecic.gov.ar y solicite un turno.

El día asignado, el menor y sus padres o tutores se presentarán en el Consulado, y se tomarán los datos biométricos del menor. El RENAPER generará un DNI a partir de ellos.

Tiempo de entrega: entre 60 y 90 días.

El DNI puede ser retirado por los padres o, si lo solicitan, serles enviado por correo postal, haciéndose cargo del costo de envío y del riesgo de pérdida.  

Observaciones

  • Si el día del turno en el Consulado el titular del DNI ya ha cumplido los 15 años de edad, deberá pagar USD 15 en concepto de multa, por no haber actualizado el DNI a los 14 años.
  • Si el día del turno en el Consulado el titular del DNI ya ha cumplido los 21 años de edad, firmará una Declaración Jurada en presencia de 2 (dos) testigos (que no pueden ser familiares directos).

 

 

Fecha de actualización: 27/06/2024